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Vendedor: Transfer Multisort Elektronik Ltda., con sede oficial en Łodz, en el Nº 41 Ustronna Street, 93-350 Łódź, inscrito en el Registro Comercial de la Región de Łodz – Śródmieście en Łodz, XX División Económica, bajo el número de registro 0000165815, con capital social: PLN 3.300.000, TIN: 729-010-89-84, REGON (EIN): 473171710. Información de contacto detallada (datos de e-mail, números de teléfono y fax) se encuentra a disposición en el separador „Contactos”.
1.a. Todas las disposiciones de estos términos y condiciones se aplican a todos los contratos celebrados entre los clientes y Transfer Multisort Elektronik sp. z o.o. ("TME" o "Vendedor"). Sólo pueden ser modificadas sobre la base de acuerdos individuales por escrito entre el cliente y TME. Las condiciones de cooperación de TME están publicadas en la página web www.tme.eu, bajo „Condiciones de cooperación”.
1.b. El término “cliente”, mencionado en las condiciones de cooperación de TME, está definido en el Art. 221 de la Ley del 23 de abril de 1964. CÓDIGO CIVIL (Diario Oficial 64.16.93, revisado posteriormente) y se refiere a una persona que desempeña una actividad legal con un empresario no directamente relacionado con su actividad comercial o profesión. El otorgante en los acuerdos firmados con TME debe ser una persona natural mayor de edad.
1.c. Cualquier referencia, en las condiciones del acuerdo, a un “Catálogo” debe entenderse como una publicación en formato impreso, CD/DVD, disco portátil, sitio de Internet, publicidad y notas de prensa, folletos, así como todos los demás medios de presentación pública de información comercial por parte de TME.
1.d. El cliente declara que los bienes vendidos por TME, a menos que el fabricante de los mismos garantice lo contrario, no están diseñados ni destinados a ninguna aplicación en la que un fallo pudiera dar lugar a una situación de peligro para la vida o la salud humanas o a daños materiales catastróficos y, en particular, no están destinados a su uso en aplicaciones médicas o de soporte vital ni a aplicaciones nucleares, ni están destinados a su diseño, fabricación u otro uso en los denominados superordenadores.
1.e. El cliente se compromete a cumplir la normativa aduanera y de importación y exportación del país donde los artículos comprados a TME deban ser entregados y, además, a obtener las autorizaciones o permisos necesarios para la venta, exportación, reexportación e importación de bienes del país de origen, en la medida en que la legislación vigente en esos países lo exija y en el cumplimiento de las leyes aduaneras de esos países.
1.f. El consumidor reconoce que las leyes de algunos países y organizaciones internacionales imponen restricciones al comercio de ciertos bienes y tecnología y documentación relacionada con países, entidades o personas físicas específicas, y declara que, a la luz de las leyes nacionales e internacionales aplicables, no está privado del derecho a adquirir bienes puestos a la venta por TME.
1.g. El consumidor se compromete a cumplir con todos los actos oficiales, en particular las disposiciones de leyes, reglamentos, órdenes y decisiones y sanciones dictadas sobre su base, en relación con los bienes comprados a TME (en adelante: Bienes), incluidos, entre otros: (i) las disposiciones de las Regulaciones de la Administración de Exportaciones de EE. UU. (ii). el Reglamento de tráfico internacional de armas de EE. UU.; (iii) leyes y regulaciones de sanciones económicas administradas por el Departamento de Control de Activos Extranjeros del Tesoro de los Estados Unidos; (iv) legislación de la Unión Europea sobre controles y sanciones a la exportación; (v) Política de sanciones de las Naciones Unidas; (vi) todas las reglas relevantes establecidas bajo cualquiera de las reglas antes mencionadas; y (vii) otras sanciones económicas aplicables, controles de exportación o regulaciones de importación (colectivamente, “Regulaciones de Exportación”).
1.h. El Cliente afirma que: (i) sólo utilizará los Productos para usos finales civiles y no utilizará los Bienes para usos finales militares no autorizados en virtud de la Normativa sobre Exportación; (ii) no permitirá que usuarios finales restringidos adquieran los Bienes, salvo en la medida en que lo permita la Normativa sobre Exportación; (iii) no permitirá que entidades inhabilitadas o sancionadas adquieran los Bienes, salvo en la medida en que lo permita la Normativa sobre Exportación, incluidas, entre otras, las personas incluidas en: (A) la Lista de Nacionales Especialmente Designados de EE. (UU, la Lista de Personas Denegadas o la Lista de Entidades, o (B) la Lista Consolidada de la UE de Individuos, Grupos y Entidades Sujetos a Sanciones Financieras, tal y como se aplica en virtud de la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE; (iv) los Bienes no se utilizarán para ningún uso final prohibido por la Normativa sobre Exportación, como el diseño, la modificación, la producción o la fabricación de armas nucleares, misiles, armas químicas o biológicas, ni se utilizarán para diseñar, mejorar, reparar o fabricar los denominados superordenadores.
1.i. El consumidor no reexportará, revenderá, transferirá o pondrá los Bienes a disposición de terceros a sabiendas que no confirmen clara e inequívocamente que cumplirán con las reglas establecidas en los puntos 1 e - 1 h de estos términos y condiciones generales.
1.j. Los términos de cooperación vinculantes son la versión en polaco. Las versiones en otros idiomas son solo para fines informativos.